26 enero 2009

Nota informativa (IV)

El pasado 20 de enero de 2009 la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Gijón adoptó el acuerdo de denegar la convocatoria de una Junta general extraordinaria solicitada por 113 colegiados decisión contraria a las normas establecidas en los Estatutos del colegio, pues los solicitantes superaban el 10 por 100 exigido del censo colegial y los asuntos propuestos se correspondían fielmente con los fines esenciales del Colegio de Abogados, antidemocrática, pues veda la posibilidad de que los Letrados participemos en la gestión colegial y en la toma de decisiones que nos afectan, y profundamente equivocada, pues tras las medidas adoptadas en anteriores Juntas generales era el momento de demostrar a la Administración la voluntad, unión y madurez de los Abogados de Gijón en su afán por dignificar el Turno de oficio y, en definitiva, el ejercicio de la profesión especialmente cuando la Consejería de Justicia ha vuelto a demostrar su profundo e irracional desprecio no sólo por los Abogados sino por el propio Turno de Oficio.

Por parte de varios Abogados se ha anunciado ya la impugnación del acuerdo denegatorio pero como la interposición de un recurso ante Consejo General de la Abogacía Española no subsanará de forma inmediata la medida adoptada por la Junta de Gobierno desde el pasado 21 de enero se ha iniciado la recogida de firmas según lo previsto en el art. 80 de los Estatutos del Colegio para solicitar la celebración de Junta General Extraordinaria a fin de valorar las medidas adoptadas hasta el momento, conocer del resultado de la reunión que mantuvo nuestro Iltre. Decano con el Director General de Justicia el pasado 23 de Diciembre de 2008 y valorar la adopción de nuevas medidas que ilustren a la Administración de la necesidad de reformar el actual régimen del Turno de oficio dignificando la labor de los Abogados que presten sus servicios en la Asistencia Jurídica Gratuita. Entre los asuntos a tratar están:

1.- Publicación en la página web del Colegio, la Revista Sala de Togas, tablones de anuncios y cuantos instrumentos de comunicación disponga el Colegio, de las reivindicaciones relacionadas con el Turno de Oficio y las medidas adoptadas para su logro.

2.- Entrega inmediata al censo colegial de la lista de Abogados de alta en el Turno de oficio.

3.- Publicación en los tablones de anuncios del Colegio de la lista de Abogados de alta en el Turno de oficio y de la lista de Abogados de baja en el Turno de oficio.

4.- Puesta en marcha de una campaña de información a la sociedad a través de los medios de comunicación de la situación del Turno de Oficio, las reivindicaciones de los Abogados y las medidas adoptadas.

5.- Establecimiento de un único turno de oficio acordando que el número de colegiados de alta no permite la especialización por órdenes jurisdiccionales.

6.- Establecimiento de un único turno de guardias acordando que el letrado designado para cada día se ocupe de todas guardias actualmente existentes para cada jornada (centros policiales, juzgado de guardia, otros juzgados… etc)

7.- Gratuidad del turno de oficio y guardias: los abogados de alta prestarán sus servicios de forma gratuita.

8.- Establecimiento de un sistema de cita previa para las solicitudes de asistencia letrada de oficio y el Servicio de Orientación Jurídica y limitación de las citas a un máximo de 3 diarias que se prestarán en días laborables entre las 12:30 y las 13:00 horas.

9.- Estricto cumplimiento por el Servicio de Orientación Jurídica de las funciones establecidas en el art. 25 Reglamento.

10.- Reorganización del Servicio de Orientación Jurídica: el SOJ será prestado por el letrado que realice la guardia diaria.

11.- Paralización hasta el 31 de diciembre de 2009 de la aportación a la Consejería de los justificantes de actuaciones realizadas en turno de oficio y guardias.

12.- Los abogados que se han dado de alta en el turno de oficio y/o guardias tras la baja acordada en Junta General de 23 de diciembre de 2008 NO volverán a ser turnados ni prestar guardias hasta que se iguale el número de turnos y guardias que se les hayan asignado desde su alta, con el número de turnos y guardias que se asignen a todos y cada uno de los letrados que no se han dado de alta, una vez éstos se reintegren al turno en el momento en que hayan finalizado las reivindicaciones.


Todos los asuntos a tratar se incardinan entre los fines esenciales del Colegio de Abogados de Gijón ya que tratan de mejorar la ordenación del ejercicio de la profesión, la defensa de los derechos e intereses profesionales de los colegiados y la colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de la Administración de Justicia y, en el marco de la legalidad vigente y de las competencias del propio Colegio y tienen como único fin mejorar el Turno de Oficio y dignificar la situación de los profesionales que lo prestan paso ineludible para mejorar la situación de la profesión precisamente en momentos en que otros colectivos de la Justicia han llevado o llevan a cabo medidas destinadas a la satisfacción de sus propios intereses.

Por todo ello la colaboración de los Abogados se hace imprescindible para asegurar que no se priva al máximo órgano de representación colegial de la capacidad para hacer suya la defensa de la profesión y la dignificación del Turno de oficio.

15 enero 2009

Nota informativa (III)

Con fecha 15 de enero de 2009 se ha presentado con un número más que suficiente de firmas la solicitud a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Gijón para que convoque con la máxima urgencia Junta General Extraordinaria ante la pasividad de la misma para adoptar medidas de respuesta a la impostura de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad y dirigidas a dignificar la prestación de Asistencia Jurídica Gratuita por los Abogados de Gijón.

Transcurrido casi un mes desde la celebración de la Junta General Ordinaria de 23 de diciembre de 2008 nada se sabe a ciencia cierta de las medidas que ha adoptado la Junta de Gobierno para defender los intereses de sus colegiados ni del resultado de la reunión mantenida por nuestro Decano con el Director General de Justicia y se pretende, según la Circular 4/2009, crear ahora una comisión para realizar "un estudio detallado sobre la situación y problemática real del turno de oficio", cuando entendemos que “la problemática” ya se trató en Junta Extraordinaria allá por el mes de abril de 2008 y de todos es sobradamente conocida. Lo importante son las medidas a adoptar para que “la problemática" deje de ser tal y cuándo van a proponerse y a ejecutarse esas medidas.

De ahí que resulte imprescindible la celebración de nueva Junta General de Abogados al objeto informar al censo colegial del número de Letrados que hayan causado alta en los términos acordados en la Junta de fecha 23 de diciembre de 2008, dando cuenta de su identidad.

Igualmente se planteará la toma en consideración de diversas medidas entre las que cabe citar:

A).- En el área de comunicaciones e información pública
- Publicación en la página web del Colegio, la Revista Sala de Togas, tablones de anuncios y cuantos instrumentos de comunicación disponga el Colegio, de las reivindicaciones relacionadas con el Turno de Oficio y las medidas adoptadas para su logro.
- Entrega inmediata al censo colegial y publicación en los tablones de anuncios del Colegio de la lista de Abogados de alta en el Turno de oficio y de la lista de Abogados de baja en el Turno de oficio.
- Puesta en marcha de una campaña de información a la sociedad a través de los medios de comunicación de la situación del Turno de Oficio, las reivindicaciones de los Abogados y las medidas adoptadas.

B).- En cuanto al propio SERVICIO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA.
- Establecimiento de un único turno de oficio acordando que el nuevo censo no permite la especialización por órdenes jurisdiccionales.
- Establecimiento de un único turno de guardias acordando que el nuevo censo no permite la especialización.

C).- Respecto al SERVICIO DE ORIENTACION JURIDICA.
- Establecimiento de un sistema de cita previa para las solicitudes de asistencia letrada de oficio.
- Limitación de las citas a un máximo de 3 diarias que se prestarán en días laborables entre las 12:30 y las 13:00 horas.
- Estricto cumplimiento por el SOJ de las funciones establecidas en el art. 25 Reglamento.
- El Abogado que realice la [única] guardia diaria será el encargado de prestar el SOJ.

D).- PARALIZACION hasta el 31 de diciembre de 2009 de la aportación a la Consejería de los justificantes de actuaciones realizadas en turno de oficio y guardias.

E).- [Una vez se restablezca la situación, es decir, se acojan plenamente nuestras reivindicaciones] Los abogados que se han dado de alta para seguir prestando servicio en el turno de oficio y/o guardias NO volverán a ser turnados ni prestar guardias hasta que se iguale el número de turnos y guardias que se les hayan asignado desde el día 1 de enero de 2009 con el número de turnos y guardias que se asignen a todos y cada uno de los abogados que no se dieron de alta tras el 1 de enero de 2009.

En cualquier caso y con el ánimo de favorecer la máxima participación posible todos los Abogados de Gijón (Punto Segundo del Orden del Día) podrán someter a exposición, debate y votación cualesquiera otras medidas con la finalidad de conseguir la dignificación de las condiciones en las que se vienen prestando los servicios de asistencia jurídica gratuita y las guardias.